FAOV en Venezuela 2026: aporte de nómina y cálculo

El Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) es una obligación relacionada con el sistema de vivienda en Venezuela que se refleja en la nómina mediante aportes del trabajador y del empleador. Aunque forma parte de las obligaciones asociadas al trabajador, su cálculo, base y periodicidad son diferentes a las cotizaciones de IVSS y RPE.

¿Qué es el FAOV?

El FAOV permite acumular recursos destinados al financiamiento de vivienda mediante aportes realizados por trabajadores y patronos. En una nómina profesional debe mantenerse como un concepto independiente, con su propia base, porcentaje y período.

Porcentaje del FAOV

ConceptoPorcentaje
Trabajador1%
Patrono2%
Total3%

Base de cálculo del FAOV

El aporte del FAOV se calcula sobre el salario integral utilizado para este concepto. A diferencia del IVSS y RPE, no debe tratarse como una cotización semanal basada en lunes del período.

Ejemplo de cálculo

Si el salario integral mensual utilizado como base es Bs. 6.000:

Trabajador:

6.000 × 1% = Bs. 60

Patrono:

6.000 × 2% = Bs. 120

Aporte total:

Bs. 180

Diferencia entre FAOV, IVSS y RPE

ConceptoBasePeriodicidad operativa
IVSSBase con tope legalSemanal en la operación del IVSS
RPEBase con tope legalSemanal en la operación del IVSS
FAOVSalario integralMensual

FAOV y sistemas de nómina

Un sistema profesional debe guardar el salario utilizado como base, porcentajes aplicados, período, trabajador, patrono y comprobantes asociados. No debe mezclar FAOV con retenciones de seguridad social porque cada obligación tiene reglas diferentes.

Si además de conocer el cálculo necesitas administrar trabajadores, períodos, retenciones, deducciones, recibos y reportes, puedes conocer Temis Gestión de Personal y Nómina.

Errores frecuentes

  • Calcular FAOV con la misma fórmula del IVSS.
  • Aplicar el tope de IVSS al FAOV.
  • No diferenciar aporte trabajador y aporte patronal.
  • No conservar el histórico del cálculo realizado.

Consulta también nuestras guías sobre deducciones de nómina, IVSS y RPE.

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