En Venezuela, el patrono debe entregar un recibo de pago cada vez que pague remuneraciones o beneficios. El Art. 106 de la LOTTT exige indicar el monto del salario y detallar los conceptos salariales y las deducciones correspondientes. Un recibo profesional debe permitir reconstruir con claridad qué se pagó, qué se descontó, por qué y a qué período corresponde.
¿Qué exige el Artículo 106 de la LOTTT?
El Artículo 106 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) obliga al patrono a otorgar un recibo cada vez que pague remuneraciones y beneficios. El recibo debe indicar el monto del salario y detallar, cuando correspondan, comisiones, primas, gratificaciones, participación en beneficios o utilidades, bonificación de fin de año, sobresueldos, bono vacacional, recargos por días feriados, horas extraordinarias, trabajo nocturno, demás conceptos salariales y las deducciones aplicadas.
Contenido legal vs. contenido recomendado
| Dato | Tratamiento | Comentario |
|---|---|---|
| Monto del salario | Exigencia expresa | Debe quedar identificado en el recibo. |
| Conceptos salariales pagados | Exigencia expresa | Deben detallarse cuando correspondan. |
| Deducciones | Exigencia expresa | Conviene identificar cada deducción por separado. |
| Empresa y trabajador | Recomendado | Permite identificar inequívocamente a las partes. |
| Período de nómina | Recomendado | Evita confundir pagos de períodos distintos. |
| Cargo, fecha de ingreso, centro de costo | Recomendado | Aporta trazabilidad administrativa. |
| Unidades, cantidades y bases | Recomendado | Ayuda a explicar días, horas, porcentajes y bases de cálculo. |
| Firma o huella | Medio de evidencia | El Art. 106 no las enumera como requisitos textuales universales. |
| Código o identificador único | Muy recomendado | Facilita auditoría, recuperación y control de versiones. |
Cómo debería estructurarse un recibo de nómina
1. Identificación
Empresa, trabajador, documento de identidad, cargo y cualquier dato necesario para identificar el pago.
2. Período
Fecha inicial y final del período, fecha de pago y tipo de nómina o proceso cuando sea útil.
3. Asignaciones
Salario, horas extras, nocturnidad, feriados, comisiones, bonos salariales y demás conceptos pagados.
4. Deducciones y retenciones
Cada descuento debe aparecer identificado, con su monto y, de ser posible, su base o referencia.
5. Totales
Total asignaciones, total deducciones/retenciones y neto efectivamente pagado.
6. Evidencia
Firma, acuse electrónico, trazabilidad de entrega o cualquier mecanismo que permita demostrar emisión y recepción.
Ejemplo práctico de recibo de pago
El siguiente ejemplo es didáctico. En un recibo real sí puede mostrarse, por ejemplo, IVSS: 3 semanas de cotización (3 lunes), 4% cuando esas tres semanas correspondan al período. Para el RPE, el 0,5% del trabajador es correcto y el propio IVSS lo administra y expresa como una cotización semanal; si el sistema distribuye el descuento entre semanas o lo presenta asociado a los lunes del período, esa presentación corresponde al tratamiento operativo semanal utilizado por el IVSS para el RPE.
Empresa Ejemplo, C.A. · Trabajador: Ana Pérez · Período: 01/08/2026 al 15/08/2026
| Concepto | Base / cantidad | Asignación | Deducción / retención |
|---|---|---|---|
| Salario del período | 15 días | Bs. 1.500,00 | — |
| Horas extraordinarias | Según incidencias verificadas | Bs. 120,00 | — |
| Retención legal A | Según base y parámetro vigente | — | Bs. 45,00 |
| Cuota de préstamo autorizada | Cuota del período | — | Bs. 80,00 |
Total asignaciones: Bs. 1.620,00
Total deducciones y retenciones: Bs. 125,00
Neto a pagar: Bs. 1.495,00
Neto a pagar = Total asignaciones − Deducciones − Retenciones.
La fórmula sirve para cuadrar el recibo, pero no sustituye la obligación de poder explicar el origen de cada concepto.
Asignaciones, deducciones y retenciones no son lo mismo
Para que el recibo sea entendible conviene evitar una sola columna genérica de “descuentos”.
- Asignaciones: montos que incrementan el pago del trabajador.
- Deducciones: descuentos por conceptos como préstamos, anticipos, ausencias no remuneradas u otros supuestos válidos.
- Retenciones: cantidades que el patrono descuenta al trabajador para enterarlas o tratarlas conforme a una obligación legal o fiscal.
- Aportes patronales: forman parte del costo laboral del empleador y no deberían aparecer como si fueran dinero descontado al trabajador.
Para las reglas específicas de IVSS, RPE, FAOV, INCES y otros conceptos, consulta Retenciones de nómina en Venezuela y Aportes patronales en la nómina.
¿La firma y la huella son obligatorias?
El Art. 106 de la LOTTT no establece expresamente que todo recibo deba contener firma autógrafa o huella dactilar. Sin embargo, la empresa necesita conservar evidencia suficiente de que el recibo fue emitido y puesto a disposición o entregado al trabajador.
Por eso, en un proceso físico, firma y huella pueden utilizarse como mecanismos de evidencia. En un proceso electrónico, pueden utilizarse mecanismos de autenticación, acuse de recibo, registro de acceso, descarga, aceptación o firma electrónica, según el diseño del sistema y el nivel de prueba que se quiera conservar.
¿Puede entregarse un recibo de nómina en formato electrónico?
La LOTTT exige el recibo de pago, pero no limita expresamente su soporte al papel. Además, el Decreto-Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas reconoce eficacia jurídica y probatoria a los mensajes de datos y establece que, cuando la ley exige que una información conste por escrito, el requisito puede satisfacerse electrónicamente si la información permanece accesible para consulta posterior.
Para un recibo digital profesional conviene conservar como mínimo:
- contenido exacto del documento emitido;
- fecha y hora de emisión;
- trabajador destinatario;
- período de nómina;
- identificador único;
- versión del documento;
- evidencia de entrega, acceso o recepción;
- integridad del archivo para evitar modificaciones silenciosas.
¿Qué pasa si la empresa no entrega recibos?
El propio Art. 106 dispone que el incumplimiento hace presumir, salvo prueba en contrario, el salario alegado por el trabajador, sin perjuicio de las sanciones previstas en la LOTTT.
Esto convierte el recibo en algo más que un documento administrativo: forma parte de la evidencia laboral de la empresa. La jurisprudencia laboral sigue analizando esta norma en controversias sobre salario y carga de la prueba, por lo que conservar recibos consistentes y trazables es especialmente importante.
Errores frecuentes en recibos de nómina
- Mostrar únicamente “salario” y “neto” sin detallar los conceptos.
- Agrupar todas las deducciones y retenciones bajo una sola descripción.
- Usar tasas o parámetros sin identificar el período al que corresponden.
- Mostrar aportes patronales como si fueran descuentos del trabajador.
- No indicar el período del pago.
- Modificar posteriormente un recibo cerrado sin conservar versión o auditoría.
- Generar un PDF digital sin evidencia de entrega.
- Tratar firma y huella como si fueran el único medio posible de prueba.
Qué debería permitir un sistema profesional de nómina
Reproducibilidad
Volver a generar el recibo histórico con las mismas reglas, bases y parámetros usados originalmente.
Versionado
Conservar el documento emitido y cualquier corrección posterior sin borrar la evidencia anterior.
Trazabilidad
Relacionar cada concepto con incidencias, salario, fórmula, tasa y período.
Entrega
Registrar cuándo el recibo se generó, se puso a disposición y, cuando sea posible, cuándo fue recibido o consultado.
Preguntas frecuentes
¿Debe entregarse un recibo en cada pago?
Sí. El Art. 106 indica que el patrono debe otorgarlo cada vez que pague remuneraciones y beneficios.
¿El recibo debe mostrar horas extras y trabajo nocturno?
Cuando esos conceptos formen parte del pago, deben aparecer detallados. El Art. 106 los menciona expresamente.
¿Es obligatorio colocar el RIF de la empresa y la cédula del trabajador?
No aparecen expresamente enumerados en el Art. 106, pero son datos altamente recomendables para identificar correctamente las partes y el documento.
¿Un recibo electrónico puede tener valor probatorio?
Los mensajes de datos tienen reconocimiento jurídico y probatorio en Venezuela. Para fortalecer su evidencia, conviene preservar integridad, origen, destino, fecha, hora y mecanismos de recepción o autenticación.
¿Un aporte patronal debe descontarse del neto del trabajador?
No por el hecho de ser un aporte patronal. Debe distinguirse el costo u obligación del empleador de las cantidades que legalmente correspondan al trabajador.
Fuentes legales y referencias
- LOTTT — Gaceta Oficial N.º 6.076 Extraordinario: Art. 106 y normas salariales relacionadas.
- Decreto-Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas: eficacia probatoria, conservación y firma electrónica.
- Sala de Casación Social, Sentencia N.º 404 del 07/10/2025: discusión reciente sobre recibos, salario y carga probatoria.
El recibo es la salida; la nómina es el proceso
Un buen recibo solo es posible cuando detrás existe una nómina capaz de conservar salarios, incidencias, conceptos, bases, deducciones, retenciones y reglas con trazabilidad.
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Los felicito muy bien explicado todo
Gracias Anmary
Buenos dias, el salario debe ser calculado en salario integral, o salario base?, por ejemplo gano 90$ quincenal
Hola Victor, gracias por escribir. Si tu ganas 90$ quincenales, tu salario mensual son 180$, lo cual es tu salario base. Este salario base se usa para ciertos cálculos como la nómina o vacaciones. El salario integral incluye cualquier otro concepto como horas extras, nocturnas, feriados trabajador y por supuesto las alicuotas del bono vacacional y de utilidades. El salario integral se usa en el cálculo de la garantía de prestaciones y para el artículo 142 literal «C» de 30 días por año.