Cómo Calcular las Prestaciones Sociales en Venezuela paso a paso

En el vasto mundo del empleo, es esencial comprender nuestros derechos y obligaciones laborales. Uno de los aspectos fundamentales que debemos tener en cuenta son las prestaciones sociales, un conjunto de beneficios que protegen y respaldan a los trabajadores en Venezuela. ¡Imagínate la tranquilidad de saber que, al final de tu trayectoria laboral, contarás con una compensación justa por tu tiempo y esfuerzo!

Las prestaciones sociales son un derecho adquirido por los trabajadores al finalizar su relación laboral. Estas prestaciones están contempladas en la legislación laboral venezolana y su cálculo es un tema de gran importancia tanto para los empleados como para los empleadores.

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En este artículo, te explicaremos cómo se calculan las prestaciones sociales en Venezuela, de acuerdo a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), y otras disposiciones legales aplicables. Si eres trabajador, es fundamental que conozcas tus derechos laborales y cómo hacerlos valer en caso de requerir el pago de tus prestaciones sociales. Si eres empleador, es importante que conozcas las obligaciones legales que debes cumplir en relación al cálculo y pago de las prestaciones sociales de tus trabajadores. ¡Continúa leyendo para conocer todos los detalles sobre este tema!

¿Qué son las Prestaciones Sociales en Venezuela y su Importancia?

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Cálculo de Liquidación en Venezuela

La liquidación de un trabajador es un proceso legal mediante el cual la empresa debe cancelar los derechos adquiridos por el empleado durante su relación laboral. En Venezuela, la legislación establece de manera clara los montos y beneficios que deben ser cancelados. Sin embargo, calcular de forma correcta una liquidación puede resultar complejo si no se conoce a profundidad cada uno de los componentes y leyes que lo rigen.

En este artículo explicaremos detalladamente cómo realizar el cálculo de una liquidación laboral en Venezuela de acuerdo a la normativa legal vigente, detallando cada uno de los factores involucrados como antigüedad, vacaciones, utilidades y más, para que cualquier persona obtenga una clara comprensión de este importante proceso.

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PRESTACIONES SOCIALES

Conceptos en el Cálculo de Prestaciones Sociales

Para calcular las prestaciones sociales en Venezuela, se deben tomar en cuenta varios factores que están establecidos en la legislación laboral, como la garantía acumulada del trabajador, el salario percibido y otros conceptos. A continuación, te explicamos cómo se calculan los principales conceptos sobre prestaciones sociales contempladas en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT).

Lay ley establece varios conceptos o elementos que debemos calcular para determinar las Prestaciones Sociales de un Trabajador. Examinaremos cada uno de estos elementos con ejemplos prácticos que permitan entender el cálculo de cada concepto de forma fácil.

Ejemplos Prácticos de Cálculo de Prestaciones Sociales en Venezuela

Te recomendamos ver Ejemplos detallados

Garantía de Prestaciones

La Garantía de Prestaciones, también conocida como antigüedad, representa el tiempo de servicio acumulado por el trabajador en una empresa. A medida que el empleado permanece más tiempo en la organización, su Garantía de Prestaciones aumenta, lo que a su vez incrementa la compensación que le corresponde al finalizar la relación laboral.

Paso1: Concepto según el Artículo 142 literal a, la Garantía Trimestral

a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.

El primer cálculo a realizar es el de la Garantía de Prestaciones Sociales, el cual tiene las siguientes características:

  • Se depositará el equivalente a 15 días cada trimestre.
  • El cálculo se hará con base al último salario devengado (salario integral).
  • Este derecho nace desde el momento de iniciar el trimestre.

Hay que tomar en cuenta que la ley indica que se debe realizar el cálculo con base al salario del último mes del trimestre y con el salario integral.

Abajo tenemos la imagen de una tabla con el cálculo de la garantía de prestaciones con los abonos trimestrales y en la otra tabla el cálculo de salario integral para dicho salario (ejemplo con salario mínimo).

Tabla de Cálculo de la Garantía Trimestral

Calculo Garantia trimestral de prestaciones sociales
Tabla con abonos trimestrales

Tabla de Cálculo del Salario Integral

Tabla de Salario Integral
Servicio de Cálculo de Prestaciones Sociales

Paso 2: Concepto según el Artículo 142 literal b, Dos días de salario por año

b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora dos días de salario, por cada año, acumulativos hasta treinta días de salario.

En este punto tenemos dos elementos principales a tomar en cuenta:

  1. Cuando se empezará a depositar: según el artículo 71 del Reglamento (aun vigente) de la Ley Orgánica del trabajo, el primer depósito se realiza una vez cumplido el segundo año.
  2. Días acumulativos: los días a depositar son acumulativos, para el segundo año son 2 días, para el tercer año 4 días, para el cuarto año 6 días hasta un máximo de 30 días adicionales.
Depósito de los dos días a partir del segundo año de servicio
Tabla de Garantía Acumulada

Paso 3: Concepto según el Artículo 142 literal c y d, Treinta días por año.

c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.

d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.

En el ejemplo siguiente vemos lo establecido en este punto. La garantía acumulada del trabajador es de 141.607,27, que incluye los abonos trimestrales según el literal a y el abono de los dos días adicionales según el literal b. Este monto se compara con el cálculo de los 30 días por año según el literal c. Por este concepto suma 90 días ya que el trabajador tiene 2 años y 8 meses, lo que equivale a 3 años por la fracción superior a 6 meses.

Ya que el monto superior es el resultado de acuerdo al literal c, este monto es el que se le debe pagar al trabajador.

Hoja de Liquidación de Prestaciones Sociales

Paso 4: Concepto según el Artículo 142 literal e, Antes de los tres meses.

e) Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado o fracción.

Es muy importante entender que este literal se aplica a aquellos trabajadores que terminan la relación de trabajo antes de cumplir los tres meses.

Ejemplo de Liquidación a un trabajador con menos de un mes. Le corresponden 5 días por el mes o fracción de mes trabajado.

Cálculo de Prestaciones Trabajador con menos de un mes
Formato de Liquidación de Prestaciones – Ejemplo antes del tercer mes

Ejemplo de Liquidación a un trabajador con menos de dos meses. Le corresponden 10 días por los dos meses o fracción de mes trabajado.

Cálculo de Prestaciones Trabajador con menos de dos meses
Ejemplo de cálculo a trabajador con menos de dos meses

Causas de terminación de la relación de trabajo en venezuela

La relación laboral entre empleadores y trabajadores en Venezuela puede finalizar por diversas causas establecidas en la legislación laboral. Es importante conocer estas causas para comprender los derechos y responsabilidades que corresponden a ambas partes al finalizar el contrato de trabajo. A continuación, se enumeran algunas de las causas más comunes de terminación de la relación de trabajo en Venezuela:

  1. Mutuo Acuerdo: Empleador y trabajador pueden acordar de manera consensuada poner fin a la relación laboral. En este caso, ambas partes deben manifestar su voluntad de terminar el contrato y acordar los términos y condiciones de la terminación.
  2. Renuncia Voluntaria: El trabajador tiene el derecho de renunciar a su empleo en cualquier momento, siempre y cuando cumpla con los plazos y formalidades establecidas en la legislación laboral y en el contrato de trabajo. La renuncia voluntaria debe ser comunicada por escrito al empleador.
  3. Finalización del Plazo o Término del Contrato: En los contratos a plazo fijo, la relación laboral se extingue automáticamente al llegar al término del período estipulado, sin necesidad de previo aviso o notificación.
  4. Despido Justificado: El empleador puede poner fin a la relación laboral si el trabajador ha incurrido en una falta grave o incumplimiento de las obligaciones laborales establecidas en la legislación o en el contrato de trabajo. Las causas de despido justificado pueden incluir conductas indebidas, faltas repetidas o reiteradas, incumplimiento de las normas de la empresa, entre otras.
  5. Despido Injustificado: Si el empleador termina la relación laboral sin justa causa o sin cumplir con los requisitos legales establecidos, se considera un despido injustificado. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por despido injustificado y a reclamar los demás beneficios y prestaciones que le correspondan.
  6. Fuerza Mayor o Caso Fortuito: La relación laboral puede ser terminada debido a circunstancias imprevistas o inevitables que impiden la continuidad del trabajo, como desastres naturales, quiebra o cierre de la empresa, entre otros.

Conclusiones finales

En conclusión, las prestaciones sociales son un derecho fundamental de todo trabajador en Venezuela. Estos beneficios laborales representan una compensación económica que tiene como objetivo proteger al trabajador y su familia en caso de desempleo o cualquier otra contingencia. Es importante conocer los aspectos básicos para el cálculo de las prestaciones sociales, así como los plazos establecidos por la ley para su pago.

Es responsabilidad del empleador cumplir con los plazos establecidos y con el pago de las prestaciones sociales correspondientes. En caso de incumplimiento, el trabajador tiene derecho a exigir su pago y hacer valer sus derechos laborales. En este sentido, siempre es recomendable buscar asesoría legal para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales.

En definitiva, el conocimiento de las prestaciones sociales es una herramienta importante para el trabajador, ya que le permite estar informado y consciente de sus derechos laborales. Además, contribuye a crear un ambiente laboral justo y equitativo, donde se respeten los derechos de todos los trabajadores y se fomente una cultura de respeto y dignidad en el ámbito laboral.


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294 comentarios en «Cómo Calcular las Prestaciones Sociales en Venezuela paso a paso»

  1. No entiendo como es el cálculo por año de trabajo. Si tomamos los 5 días de salario integral por mes son 60 días de prestaciones por año. Entonces que es lo que se calcula en base a 30 días? La antigüedad o que cosa? Si el salario es de 100$ y me liquidan por año cuánto corresponde en prestaciones sociales únicamente?

    Responder
    • Hola Javier, gracias por tu comentario.
      Primero, no son 5 días de salario integral por mes, eso era en la ley vieja. Ahora son 15 días trimestrales, parece lo mismo pero no es. Si trabajaste el año completo, deberías tener abonado en tu Garantía de Prestaciones Sociales en la contabilidad 60 días de salario integral.
      Eso se te va acumulando cada trimestre, por lo cual esos 15 días abonados trimestralmente se calculan al ultimo salario del trimestre, es decir cada trimestre es un monto diferente. La sumatoria de los cuatro trimestres te da la garantía de ese año, igual se calcula para todos los años anteriores. Al finalizar la relación tienes un total de garantía acumulada, menos los anticipos que te hayan dado.

      Luego al finalizar tu relación de trabajo, se tiene que calcular lo referido al articulo 142 literal C.
      Según el artículo 142 literal C: se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.

      Ahora tienes dos monto, la garantía acumulada y el cálculo de los 30 días por año. El que resulte mayor es tu pago por prestaciones sociales.

      Responder
      • Buenos días , muy buena explicación, yo tengo 4 años en una empresa privada, devengando un salario de 30$ mensual , más otros bonos , quería saber por mis 4años de servicio cuánto me tocaría por mi liquidación

        Responder
        • hola Luis, es poca la información que me das. Lo único que se puede hacer con esto es multiplicar la cantidad de años por 30 días a último salario integral, en tu caso 30 días por 4 = 120 días.

          Responder
          • Era lo que necesitaba saber , ya tengo el monto, ahora de ese monto no me hacen algunos descuentos, y para tener una idea más clara y exacta que información necesita????

          • hola Luis, si requiere un cálculo detallado necesito la mayor cantidad de información sobre la evolución de sus salarios, es decir todos los cambios que tuvo. Además anticipos de prestaciones, el monto y tipos de bonos que deberían ser parte del salario. Y el costo del cálculo es de 10$

          • Buen día en mi caso fueron 8 años devengando 188$ mensuales, bono de transporte 40$ y tickets en 54$ mensuales cuanto sería mi liquidación gracias de antemano esperando su pronta respuesta.

          • Hola Johana, como he comentado en otras respuestas, el propósito de estos comentarios es aclarar dudas puntuales sobre la forma de calcular las prestaciones sociales.Esto debido a limitaciones en la información recibida y el tiempo disponible.

          • Buenas noches, si yo tengo 4 años laborando en una empresa privada, me corresponde u a cantidad de días de liquidación de 60×4?

          • Hola Freddy, el artículo 142 en el literal c indica que se debe calcular a razón de 30 días por año al último salario integral y debe compararse con la garantía acumulada para saber cual es el monto mayor. Lo que tu indicas de 60 x 4, son los días de garantía acumulada en esos 4 años, 15 días por cada trimestre. El detalle es que esos 15 días por trimestre se abonan al último salario de ese trimestre y se acumula. No puedes multiplicar 60 x 4 por el último salario, ya que no es correcto.

      • Una pregunta yo devengo 400$ mediadores entre en 1 de febrero de 2023 a mi me liquidan anual pero quisiera saber qué montón aprox me debe tocar de liquidación ya que como yo dices las prestaciones son 60 y se que son 15 días de vacaciones más 15 días de bono vacacional

        Responder
        • hola Luis buenos días. El detalle es que si te liquidan anualmente, si que efectivamente es así ya que no es legal, no tengo información al respecto. Hay que tomar en cuenta los anticipos recibidos y si estos están dentro del 75% legal. No hay suficiente información para un estimado. Gracias

          Responder
  2. Me despidieron injustificadamente de fundaproal pero me ampare y estoy en lucha esperando decisión por parte de la inspectoria…tengo 20 años de servicio y no logro entender o dar con el monto que me corresponde por dicho despido que de conveniente aceptaría…por ahora estoy luchando por reenganche y salarios caídos bonos etc..muchas gracias

    Responder
    • Amigo Guillermo, saludos. Para realizar el cálculo es necesario conocer todo el historial de salarios, en caso contrario, su último salario. También anticipos que haya tenido. Hay que verificar si esa organización se rige por un contrato colectivo, entre otras cosas.

      Responder
    • Hola Grevic.
      Es complicado realizar un cálculo sin tener todas las variables disponibles ni el contenido del contrato que firmaste. Un cálculo apróximado está por los 5.000 bs.

      Responder
      • Hermano disculpa la molestia pero quería saber a nadie de q tiempo se le calcula el tiempo a un trabajador que comienza en el mes de febrero del 2023 y culmina su relación laboral en el mes de diciembre del mismo año 2023

        Responder
        • Hola Neir, gracias por comentar. Disculpa pero no entiendo tu pregunta, el tiempo que se calcula es el del período trabajado que indicas. Si puedes reformular tu pregunta, podría entenderte mejor.

          Responder
  3. Hay limite para los años de servicios ? digo si una persona tiene 30 año en una empresa le corresponde 900 dias de salario ( 30 años * 30 dias que dice la ley ) es asi?

    Responder
    • Hola buenos días Soveida, gracias por su comentario.
      En efecto es así, el detalle es que tienes que tomar en cuenta que en el año 1997 hubo un corte de cuentas, por lo cual tienes que calcular la cantidad de años a partir de este año. Del 97 a la fecha hay menos de 30 años por lo que no es posible un trabajador con ese cálculo.

      Responder
  4. Hola podrias ayudarme. Trabaje en una empresa durante 1 año y 4 meses. Ingrese el 13 de juniode 2022 y me retire el 23 de octubre de 2023… Desde entonces no recibí vacíones. En diciembre nos dieron un «bono» así le llaman ellos y fue 1 mes y medio de sueldo… Cabe destacar que yo trabaja con un sueldo de 45 $ semanal me pasan a turno nocturno y comienzo a ganar 70$ semanal pasado mas o menos 4 meses me vuelven a pasar a turno diurno y me bajaron el sueldo a 50$ que es lo que ganaba hasta ahora podría decirme cuanto me correspondería?

    Responder
    • Hola Mileidy buenos días. Para hacer un cálculo más preciso es necesario saber con exactitud las fechas de cambios de salarios, sin embargo ajustando algo las mismas en base a la información indicada tu liquidación está por los 1400$ aproximadamente. Repito, apróximado.

      Responder
  5. Buenos días. Tengo una duda con respecto al bono vacacional.

    Ej.: En una propuesta salarias son ajustable los días que pagan de vacaciones y utilidades (60, 90, 120 días), pero en el caso del bono vacacional se puede ajustar a la hora de realizar los cálculos, es decir; le corresponde por Bono Vacacional 19 días y se quiere llevar a 60 días.

    Se podria o no?

    Saludos.

    Responder
    • Hola buenos días María, gracias por su comentario.
      Está algo confusa la forma en que me indicas tu duda. Si a un trabajador le corresponden 19 días de bono vacacional y se quieren pagar 60, ya que es un beneficio al trabajador puede darse sin problemas.
      El detalle de estos beneficios es que no son puntuales, si no que también incrementan automaticamente otros beneficios, ya que el salario integral se calcula tomando en cuenta el bono vacacional repercutiendo en los demás cálculos.

      Responder
  6. Buenas noches yo tengo 2 años y 11 meses y me despidieron injustificadamente, yo tenía un sueldo de 330 mensual esto incluye los Bs y un bono en $ . Quisiera saber cuánto me corresponde por mi tiempo trabajado

    Responder
  7. TENGO UNA DUDA CUAL SERIA MI CALCULO DE MI LIQUIDACION SI ENTRE EL 20-04-2022 Y SE ACABA EL 31-10-2023 SI GANO 20$ MENSUALES Y ME DEBEN UNA VACACIONES Y SI ME PAGARON 40$ COMO AGUINALDO EN DIC DE 2022 (2 MESES DE AGUINALDOS)

    Responder
      • Buena tarde trabaje 6 meses y 23 días allí em calculo serian 30 días de prestaciones. Pero por 23 días llevaría a 7 meses em utilidad y 8 meses em vacaciones
        Gracias

        Responder
        • hola Adrina, mis disculpas pero no entiendo tu pregunta. Si tienes 6 meses y 23 días, por el 142 c te tocan 30 días. En la contabilidad de la empresa, según el 142 a, debes tener 45 días abonados. Las utilidades son por meses completos, son 6 meses de utilidades.

          Responder
  8. Hola que tal, excelente artículo, felicidades por el mismo. Mi inquietud es la disminución o desmejora en el cálculo de mis prestaciones sociales y utilidades de fin de años con respecto al año anterior. Ingreso a trabajar en X empresa el 7/01/21 y en el cálculo del año anterior de mis prestaciones con un salario mensual de 200 $ saque, 1129 $ basándonos en 90 $ por mi salario diario y el cálculo del anticipo del 75% según el literal a y b y los intereses por la antigüedad, el hecho es que este 2023, con 1 año más de antigüedad y el mismo salario se me ha calculado 1036 $.

    Responder
    • Hola Eduardo gracias por tu pregunta y por el comentario.
      En primer lugar, según entiendo lo que indicas, cada año te dan un anticipo de prestaciones de 75%. Esto quier decir que de la garantía del año pasado solo te queda un 25% acumulado, eso disminuye tu acumulado total. Me confunde que indiques 200$ mensuales y por otro lado indiques 90$ diaro. Tendría que tener información más amplia y clara, de ser posible los dos cálculos para comparar.

      Responder
  9. Muy buenas noches , trabaje dsd el 7 de Marzo del 2018 hasta 31 octubre 2023 ..m despiden injustificadamente ..y m dicen q el pago es sencillo q ya no se paga doble ..trabajo en una institución del estado ..
    Mucho le agradezco calculo aproximado y asesoramiento

    Responder
  10. Muy buenas noches , trabaje dsd el 7 de Marzo del 2018 hasta 31 octubre 2023 decengando un sueldo de 290.00 Bs..m despiden injustificadamente ..y m dicen q el pago es sencillo q ya no se paga doble ..trabajo en una institución del estado ..
    Mucho le agradezco calculo aproximado y asesoramiento

    Responder
    • Hola buenas noches amigo Wuillian gracias por su comentario.
      Haciendo el cálculo en base al último salario, ya que desconozco su hitorial salarial y en base a la LOTTT, su liquidación sencilla da un cálculo apróximado de 2.500 Bs. También desconozco si la institución donde trabajaba tiene un contrato colectivo y otras variable que puedan influir el el cálculo exacto.

      Responder
  11. Hola me gustaría saber cuanto aproximadamente seria mi liquidación y si me lo puede detallar mejor, porque en la empresa que trabajo joden a la gente y de verdad no conozco a nadie que me pueda asesorar y he estado leyendo pero no entiendo mucho, le agradecería de corazón que me ayudara. Entre a la empresa el 22/05/2018 y voy a meter la renuncia para el 27/11/2023, mi sueldo es de 70$ mensual, tengo tres vacaciones vencidas, 2021,2022 y 2023, prestaciones acumuladas, no se que mas necesite saber.

    Responder
    • Hola amigo Manuel, gusto en saludarle.
      En base a los datos suministrados su cálculo está por los 2.250$. Esto incluye intereses sobre prestaciones, vacaciones fraccionadas (las del 2023), 2 vacaciones vencidas y utilidades fraccionadas. Basado en los parámetros básicos de ley.

      Responder
  12. Hola buenas noches . Estuve en un empleo más de dos meses pero no llegué a tres meses y yo estoy exigiendo mi derecho de librar dos días como lo establece la ley . Ganaba 180 $ y nunca firme contrato porque no lo hacen. Qu debo hacer

    Responder
    • Hola buenos día Rosmy. Muchas empresas no cumplen a cabalidad lo que dice la ley en cuestiones laborales, sobre todo en la cantidad de días a trabajar y de descanso. Lo que no entiendo muy bien es, si ya no estás trabajando para que exigir librar los dos días como te corresponde.

      Responder
  13. Buenas trabaje en una empresa desde el 01/10/2020 y voy a meter la renuncia el 10/11/2023 desempeñando un salario de $120 mensuales con una vacación de este año vencida, cuánto me corresponde porfavor

    Responder
      • Hola amigo Franklin buenos días, una pregunta pq en el ministerio del trabajo no me pueden apoyar para calcular la liquidación de un trabajador q pienso despedir? Ello me dijeron q solo los trabajadores pueden ir más no el patrono

        Responder
        • Hola Yofre, eso está en sus políticas. Se supone que si usted es un empresario debe tener la estructura administrativa que le permita llevar la cuenta correspondiente a sus trabajadores. No es obligación del estado asumir esa responsabilidad. Con gusto podemos ofrecerle la asesoría correspondiente.

          Responder
      • Hola tengo un mes q renuncie a una empresa desde 13/12/2017 hasta 20/01/2024 dure 7 años mas un mes me dieron mis vacaciones en diembre nunca recibi prestaciones necesito calculo de mi liquidacion me estan dando 10milbs sera q esta bien mi sueldo mensual es de 1.188,87 mensual

        Responder
  14. Hola, buenas tardes… Cuánto sería mi liquidación si trabajé desde el 04/02/2023 hasta el 04/11/2023, devengando un salario total de 140$ incluyendo los cesta ticket??

    Responder
    • hola Eliannys, para tu liquidación solamente se toma en cuenta el salario de 100$, ya que 40$ son de cesta ticket. Para ese período trabajado te tocan aproximadamente 400$

      Responder
  15. Buenas tardes, tengo una duda con el articulo 142 LOTTT, si una persona laboró 6 meses y 26 días, le correspondería 30 días por la fracción superior de los 6 meses más 15 días porque ya está tocando su siguiente trimestre?, es decir en total 45 días de Prestaciones Sociales para el literal C?

    Agradecería mucho si me puede apoyar con eso, como sería el cálculo en cuanto a días después de los 6 meses y 1 día, porque me parece confuso que con ese tiempo sean 45 días y a partir de 1 año se sacará 30 días por cada año de servicio.

    Saludos,

    Responder
    • Hola Evi buenas tardes. El detalle de tu confusión es que el artículo 142 de la LOTTT tiene varios literales:

      Concepto según el Artículo 142 literal a: Garantía Trimestral
      a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a quince días cada trimestre, calculado con base al último salario devengado. El derecho a este depósito se adquiere desde el momento de iniciar el trimestre.

      El primer cálculo a realizar es el de la Garantía de Prestaciones Sociales, el cual tiene las siguientes características:

      Se depositará el equivalente a 15 días cada trimestre.
      El cálculo se hará con base al último salario devengado (salario integral).
      Este derecho nace desde el momento de iniciar el trimestre.

      Para tu caso, serían 3 trimestres de 15 días cada uno, en total 45 días abonados a la garantía a salario integral al último mes de cada trismestre. Esto debe estar contabilizado en la empresa.

      Concepto según el Artículo 142 literal c y d: Treinta días por año.

      c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada al último salario.

      En tu caso trabajaste más de 6 meses, por lo cual la cuenta en base a este literal son 30 días por el último salario integral.

      d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el cálculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo al literal c.

      Por último hay que comparar el resultado de la garantía acumulada en la contabilidad en la empresa con el resultado de los 30 días por el último salario integral. Lo que resulte mayor son tus prestaciones sociales a pagar.

      Responder
  16. Hola Buenas tardes, trabaje en una empresa desde julio 22 hasta octubre 23, ( 1 año 3 meses 8 días) con un salario de 170$ mensuales, pero en el recibo de pago colocan un salario base de 1.000 bs y por si fuera poco ese recibo solo de lo entregan los días 15 de cada mes con fecha 01 al 30. Hasta la fecha no he percibido el pago de mis prestaciones sociales
    Mi pregunta es: Cuanto seria el monto de mis prestaciones sociales?

    Responder
    • Hol Rosario, vamos ha asumir que tu salario son 170$ sin incluir cesta ticket, para ese período trabajado tu lliquidación final es de aproximadamente unos 870$. También asumimos que no tienes vacaciones vencidas.

      Responder
    • Buenos días, quisiera saber si los bonos de que dan al trabajador, se le suma a su sueldo base de quincena y cesta tiket para ser considerado en las prestaciones. Gracias

      Responder
    • Hola Arnaldo, desconozco el cálculo realizado y si te descontaron dinero por algún concepto. Para este período y salario mis cálculos son aproximadamente 190$ de liquidación.

      Responder
  17. Buenos dias, me podrian informar como seria mi liquidacion, tengo 8 meses laborando con suledo de 200$ mensual. Me indican Utilidad – prestaciones y vacaciones. Donde trabajo dan de prestaciones 2 meses. Gracias quedo atenta a su respuesta. Gracias

    Responder
  18. buenas tardes,tengo una duda cual seria mi calculo de las prestaciones sociales si entre a trabajar en x empresa el di 13/04/20220 ya tengo 3 anos y actualmente gano 120$ mensuales y me dieron un adelanto de 50$ que solicite cuanto me corresponde

    Responder
  19. hola buenas tardes, tengo duda con respecto a cual seria al pago de mis prestaciones ya que tengo 3 anos ingrese el 13/04/2020 y actualmente me estan cancelando 120$ mensuales y pedi un adelanto de 50$.y me gustaria saber que me corresponde gracias feliz tarde

    Responder
  20. Hola por favor quisiera su ayuda!
    Mi abuela tiene aproximadamente 23 años trabajando y la verdad ya es hora de que se retire, ella gana aproximadamente 70$ mensuales fraccionados en quincenas, quiéranos saber un aprox de cuanto le corresponde!

    Responder
  21. Hola buenas tardes entre el 15 de septiembre del 2020 y terminé el 7 de noviembre del 2023 mi retiro fue voluntario cuánto me tocaría mi sueldo base mensual es de 60 dolares

    Responder
  22. Hola,espero que pueda ayudarme,tengo un año y 2 meses en mi trabajo y pienso en retirarme ahorita en diciembre,ganó 150$ mensual,quiero saber cuánto me toca de aguinaldo y de liquidación

    Responder
      • Entre a laborar el 23 de septiembre 2022 y el 23 de noviembre 2023 cumplo un año y 2 meses. También quería saber si a demás de mi liquidación me corresponden prestaciones sociales, pues no he salido de vacaciones.

        Responder
        • hola Elizabeth, disculpa la expresión pero así decimos por aquí: tienes un arroz con mango en cuanto a términos. La liquidación de prestaciones sociales implica el pago de todo lo acumulado por garantía de prestaciones sociales, más los intereses sobre prestaciones. También se incluyen las vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas y utilidades fraccionadas. Por tanto, si tienen que pagarte tus prestaciones.

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  23. Buenas tarde una pregunta trabaje en una empresa x 1 año y 10 meses mi sueldo era de 40$ semanal me botaron x reduccion de personal me podrian decir mas o menos cuanto me tocaria gracias fecha ingreso noviembre 25 2021 fecha despido 25septiembre 2023

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  24. Buenas tarde una pregunta trabaje en una empresa x 1 año y 10 meses mi sueldo era de 40$ semanal me botaron x reduccion de personal me podrian decir mas o menos cuanto me tocaria gracias

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  25. Hola buenas tardes, me podría ayudar a calcular mi liquidación ingrese a la empresa el 15/08/2022 y me quieren despedir pero estoy embarazada y tengo un sueldo mensual de 300$

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  26. hola buen dia, por favor podrias decirme si tengo un contrato firmado con una empresa y esta se vence y me dicen que no hay renovacion del contrato, cuanto me correspondria por 8 meses que trabaje?, gano aprox 130$ mensual que incluye los 40$ de cesta ticket

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  27. Buenas tardes amigo framklin, trabaje en un periodo de 11 meses, de los cuales los primeros 7 meses ganaba 220$ y los ultimos 4 meses gane 120$, cuanto sería el monto de mi liquidacion, gracias de antemano por tu valiosa ayuda..

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  28. Hola buenas tardes, tengo una duda cuánto toca de liquidación por despido justificado a una persona que entró el 04-02-2019 y salió el 17-11-2023, de salario ganaba 140$ mensuales, con vacaciones vencidas sin pagar? Gracias

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  29. Hola buenos dias una pregunta si uno va al ministerio del trabajo el calculo lo sacan a base de sueldo minimo o a base de lo q uno ganaba pregunto xq donde laboraba todavia no me an dado el calculo de mi liquidacion y ya van casi 2 meses y e pebsado ir al ministerio del trabajo gracias

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    • hola Leoandry, deberían sacarlo al salario que tu indiques que ganabas, has perdido mucho tiempo en ir. La empresa tiene 5 días para pagarte, de lo contrario tiene que pagar intereses de mora.

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  30. Buenos dias, trabaje durante 23 años, y 4 meses en la administración publica desde el 1’11’2000 hasta el 1’11’2023 mi ultimo salario era de 1150, bs. tengo 3 vacaciones vencidas. cuanto seria aproximadamente.

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    • hola Fabian, el cálculo de la administarción pública puede ser distinto a la privada, nose basa solo en la lottt. Además es posible que tiene un contrato colectivo.

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  31. hola buenas tardes trabaje en una empresa del estado desde el 2000 hasta el 2023, tiempo de servicio 23 años y 5 meses, el ultimo salario era de 1150 Bs. cuanto seria el calculo aproximado por prestaciones. adicionalmente tengo 3 vacaciones vencidas a razon de bono vacacional de 3 meses cada una.

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  32. Buenas tardes amigo Franklin, trabaje en un periodo de 9 meses casi 10 meses, de los cuales los primeros meses ganaba 150$ a tasa del banco central de Venezuela, después pase a ser líder de grupo y cobraba 160$, al tiempo me pasaron a supervisor y empece a cobrar 190$ al cambio con el sueldo mínimo, los tickets y un bono que daban, quisiera saber cuánto me toca de liquidación, gracias de antemano por tu valiosa ayuda..

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  33. Buenas para saber cuánto sería mi liquidación si comencé a trabajar desde el 01 de octubre del 2018 no tuve vacaciones … estuve en un cargo gerencial y mi ultimo salario fue de 2500 me están despidiendo para el último de este mes 30 de noviembre del 2023

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    • hola Juan, es complicado sacar una liquidación con poca información. Me explico con el último salario se haría solo una parte del cálculo según lo establecido en el 142 literal c, ya que no cuento con salarios para sacar la garanía. Tomando en cuenta esto y 5 vacaciones sin disfrutar, tu liquidación aproximada es de unos 34.000 bs

      Responder
  34. Buenas tardes amigo Franklin, trabaje en un periodo de 9 meses casi 10 meses, de los cuales los primeros meses ganaba 150$ a tasa del banco central de Venezuela, después pase a ser líder de grupo y cobraba 160$, al tiempo me pasaron a supervisor y empece a cobrar 190$ al cambio con el sueldo mínimo, los tickets y un bono que daban, quisiera saber cuánto me toca de liquidación, gracias de antemano por tu valiosa ayuda!

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  35. Buenas tardes. Cuantos días de prestaciones sociales del Art 142 Literal (C) corresponden a un trabajador cuya fecha de ingreso es 1992 y se esta retirando ahora en 2023? Gracias.

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    • hola Aldrin, para este literal se toman en cuenta a partir de la fecha de corte que es 1997. Lo que no estoy seguro si es lo que más te beneficia en comparación con el acumulado de prestaciones.

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  36. Buenas tardes, espero me pueda ayudar, trabaje en una empresa por 8 meses exacto, mi salario mensual neto son 3000bs y un bono mensual de 100$, mas la cestaticket de $40. me puede dar un aproximado de lo que cual puedo recibir. fue por despido. De antemano Gracias

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    • Hola Camila, un primer cálculo sin tomar en cuenta el bono de 100$ da un total apróx. de 14.900 Bs. Ahora si le agregamos los 100$ de bono a tu salario, que es el deber ser, tu liquidación sube a unos 32.900 Bs apróx.

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  37. Saludos, Por que el Salario Integral es de 5.625, siendo salario Básico 5000, donde tengo entendido si el salario es de 5000 seria: 5000/30 =166.67 diario, con un salario integral de: 187.96 y este ser multiplicado por sus garantías de prestaciones..?

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    • Hola Martha, si divides el salario mensual entra 30 te da como resultado el salario diario, que es 166,67. No se de dóde sacas el 187,96.

      Salario integral: salario básico + incidencia bono vacacional + incidencia de utilidades
      5000 + 208,33 + 416,67 = 5.625 salario integral mensual

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  38. Hola, Trabaje dos añosinicie el 07/08/2021 hasta el 08/09/2023 en una empresa, en la cual mi sueldo era de 40$ mensual, y no tuve días libres, ni pagaban los días feriados, y mi liquidación fue de 57$ por Dos años, No tuve vacaciones, ni hubo bono vacacional… Cuánto me correspondía ?

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    • hola Marilin. Con todo respeto, eso no es un trabajo, es una esclavitud. Tomando en cuenta la información suministrada tu liquidación apróximada es de 21.000 Bs. que actualmente equivalen a más de 500$

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  39. Entre a laborar el 23 de septiembre 2022 y el 23 de noviembre 2023 cumplo un año y 2 meses. Cobro 150$ al mes,me gustaría saber cuánto me toca de liquidación.

    Responder
  40. Buen dia.

    Para la Elaboración de una LIQ por Renuncia. Como se le debe pagar las VAC a un trabajador antiguo que no ha disfrutado sus ultimas vacaciones?. Ejem: Su F.Ingreso es el 20/05/2019 y renuncia el 15/09/2023.
    La VAS Fraccionadas del 2023 (que no la ha gozado) esos 4 meses de mayo-sept se les paga a 18 dias ó, igual a 15 dias porque no les corresponde completa?.

    Gracias de antemano.

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    • Las vacaciones no disfrutadas se pagan con los días correspondientes a salario anterior al mes de disfrute y las vacaciones fraccionadas se calculan como si el trabajador las fuera a disfrutar a partir de la fecha de su liquidación, pero solo la fracción correspondiente a los meses trabajados.

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  41. Buenas noches
    Entré a trabajar el 17/04/22, la relación laboral va a culminar por mutuo acuerdo, el día 17/12/23
    Sueldo mensual son 100$
    Días libres, uno a la semana, días feriados los trabajaba igual, y no me pagaban extra ni nada, no tuve pago de aguinaldos, no me han dejado tomarme mis días libres por vacaciones, no me han dado bonos de nada, no he recibo nada extra que no sea mi pago semanal, cuanto me correspondería de liquidación con mi sueldo y tiempo de trabajo?

    Responder
  42. Buenas noches
    Entré a trabajar el 17/04/22 por acuerdo mutuo terminará la relación laboral el 17/12/23, sueldo mensual es de 100$, no me han pagado días feriados, ni bonos, ni aguinaldo ni nada extra, solo he recibido el sueldo, cuanto me correspondería de liquidación?

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  43. Buenas noches estimado quisiera saber el calculo de mi.liquidacion la empresa de la noche a la mañana cerro y nos dejó sin empleo a 3 trabajadores y nunca anunció una quiebra o bancarrota y nos quieren pagar sin la indemnización correspondiente entre a trabajar el día 07/06/22 con un sueldo de 100$ mensual y la fecha de egreso fue el 30/09/2023 con un sueldo final de 150$ me dieron mis vacaciones al vencerse por 15 días hábiles y me pagaron 195 por mis vacaciones me reintegre y ese mismo día nos dijeron q iban a cerrar nos pagaron el resto de septiembre q en mi caso fueron 20$ y hasta el día de hoy no me ha pagado mi liquidación según y q están calculando deseo saber cual seria mi liquidación final de antemano gracias

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  44. Hola.
    Me gustaría saber, cuánto me correspondía de liquidación, entre a trabajar el 8 de enero 2021 y me despidieron porque no podrían tener más personal, el día 21 de noviembre del 2023. Un sueldo semanal de 50$ y sin pagos de vacaciones. Trabajando días feriados. Mi horario era hasta las 7pm y terminaba trabajando hasta las 11 de la noche sin reflejarse esas horas en los pagos semanales.

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  45. buenos días, trabajo en una distribuidora de papelería, por lo general me liquidan anual, por motivos personales con el patrono solicite la renuncia, yo venia ganando un sueldo de 50$ MENSUALES , mi renuncia fue el dia 15/10/23, aun no me cancelan mi liquidación, quisiera saber cuanto me toca. yo se que liquidan a base de sueldo mínimo.

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    • hola Angela. En primer lugar, cuando dices que en general te liquidaban anualmente, complica todo el cálculo. Primero es ilegal esas liquidaciones anuales, ya que si tu continuas trabajando, la garantía se sigue acumulando y además, por ley solo pueden darte un máximo de 75% de anticipo de prestaciones sociales. Para hacer un cálculo hay que saber cuanto te daban y cuanto de lo que te daban era legal. Segundo, si ganabas 50$ mensuales te tienen que liquidar en base a esa cantidad y no a salario mínimo.

      Responder
  46. Saludos, trabaje en una empresa desde 06/11/2012 hasta el 24/10/23. Siendo vendedora con sueldo + comisiones + cesta ticket + bono por gasto de transporte, cuál de estos ingresos no se toman en cuenta para el cálculo del salario mensual.
    3 Vacaciones vencidas y nunca me pagaron fideicomiso, en el cálculo deben pagarme el fideicomiso? Agradezco me ayuden a aclarar esas dudas

    Responder
    • hola Naide, para el salario mensual solo se toman en cuenta tu sueldo base y las comisiones. La garantía de prestaciones puede ir a un fideicomiso, lo cual se maneja con una cuenta a tu nombre. Si no está en el banco, está en la contabilidad de la empresa a tu cuenta y deben pagartelo en la liquidación.

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  47. Hola comencé a laborar el 05/05/22, y me despidieron sin justificación el 11/09/23, no me pagaron ni disfrute las vacaciones y llevo 2 meses esperando mi liquidación, como sacaría esa cuenta por favor.

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    • hola Yuli, disculpa pero no entendí tu pregunta, si lo que quieres es un estimado debes indicarme tus variaciones salariales. Si quieres que te explique cómo hacer el cálculo, es algo complicado de hacerlo.

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  48. Buenas noches,quisiera saber cuánto me tocan de prestaciones sociales ahorita en diciembre,llevo un año y 2 meses laborando 20 septiembre 2022 hasta esta fecha, gano 150 mensual.
    Agradecería su pronta respuesta.

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    • hola Elizabeth, es una mala costumbre pensar que en diciembre los trabajadores reciben o les toca cobrar las prestaciones sociales. Esto se debe a que muchos empleadores «liquidan» anualmentes a sus trabajadores, lo cuál es una práctica errada.
      En diciembre lo que corresponde es la bonificación de fin de año, qué como mínimo te deben pagar 30 días a cuenta de tus utilidades. También puedes pedir un anticipo de prestaciones, máximo un 75% de tu acumulado y solamente para los casos contemplados en la ley.

      Responder
      • Disculpe,no me supe explicar y expresar: tengo laborando 1 año y 2 meses,gano 150$ mensual. Ahorita en diciembre salgo de vacaciones y me dijeron que me corresponde 75$,quiera saber si ese es el monto correcto.
        En enero del año entrante me van liquidar y me gustaría saber el monto que me corresponde por un año y 2 meses de trabajo ganando 150$ mensual.

        Agradecida por su pronta respuesta

        Responder
  49. Buenas noches, necesito saber como se hace el cálculo de liquidación si trabaje en x empresa, devengado un salario diario de 37, 45 bs. Y hasta la fecha trabaje 4 años?

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  50. buenas tardes tengo una duda en cuantos como se calcula los interses de las prestaciones yo tengo 3 años trabaado no me depositan el fondo de garantias tampoco me pagan los intereses, me voy a retirar quiero saber si se calcula todos los meses los intereses o cada 3 meses

    Responder
  51. buenas tardes tengo una duda en cuantos como se calcula los interses de las prestaciones yo tengo 3 años trabajando no me depositan el fondo de garantias tampoco me pagan los intereses, me voy a retirar quiero saber si los se calcula todos los meses los intereses o cada 3 meses

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  52. Saludos cordiales me gustaría saber cuál sería el monto de mi liquidación ya que tengo 1 año y 4 meses donde trabajo presente la renuncia y mi sueldo mensual era de 110$

    Responder
  53. Buenas tardes trabajó en una empresa desde el 26/04/2013 hasta la actualidad pero pienso introducir mi renuncia para el 15/12/2023 tengo un sueldo de 140$ mensuales pero ellos liquidan al personal anualmente según ellos con el 75% yo quisiera saber un aproximado de mi liquidación al momento de renunciar. Cabe destacar que ellos no dan resibos de pago solo dan los resibos cuando dan las presentaciones y te lo detallan en bolívares apesar de que te pagán en $ muchas gracias

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  54. Buenas tardes vuelvo hacer el comentario por qué no se si el que hice se borró o no pues no lo veo y tampoco eh optenido respuesta. Trabajo en una empresa privada desde el 26/04/2013 hasta la actualidad pienso renunciar para el 15/12/2023 y quisiera saber más o menos como cuanto me darían si lo llegará hacer tengo un sueldo de 140$ mensual aparté de los 1000 bolívares de sestatiket pero ellos arreglan a uno anual según ellos con el 75% la cuestión está que ellos no nos dan resibos de pago y el único papel que nos mandan es cuando hacen el arreglo de las utilidades y lo hacen en bolívares apesar de que nos pagan en $ por eso quisiera saber que más o menos tocaría muchas gracias

    Responder
    • buenos días amigo Geovanni, mil disculpas, pero es un cálculo complejo de hacer y por las diferentes variables incluidas y las que faltarían para hacer un cálculo lo más exacto posible. Para los fines de este espacio no están cubiertos, tendrías que solicitar una liquidación detallada y presentar más información. Si te liquidan anualmente hay que procesar esa información, además las lñas diferentes variaciones de salarios en todo el período trabajado.

      Responder
  55. Buenas tardes amigo saludos porfa me puedes decir el aproximado de mi liquidación trabajé 4 años y mi salario inicial cuando comencé era de 10 $ semanales y luego subimos a 50$ semanal y cuando me despidieron ya estábamos ganando 40 semanal en este caso en base a cuanto se calculan? Y otra pregunta fui a la inspectoria del trabajo y colocaron en la carta del reenganche que ganaba 200 mensual eso no me perjudica a la hora de la liquidación ya que mi último salario eran 40?

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    • hola Jesús, para empezar sin fechas de cambios de salarios es imposible hacer un cálculo. Por otro lado si ganabas 40$ semanales, la inspectoría lo promedió en 200$ mensuales, que no es lo correcto pero es lo más fácil de hacer.

      Responder
  56. Buenas tardes.
    Trabajo en una asociación civil desde el 1/6/2005 hasta el día de hoy 1/1/2023. Soy única empleada. Tengo un sueldo de $200, imagino que se restará el monto de cestaticket.
    No he cobrado ningún bono vacacional, mi aguinaldo desde hace tres años es de $350. No he recibido intereses de prestaciones.
    Solo tengo tres adelantos que suman $600 y un préstamo a cuenta de prestaciones por $350.
    Quiero retirarme y quisiera saber un aproximado de lo que me correspondería y cuál es la base de días trimestrales de mi caso.

    Muchas gracias y agradecida por su colaboración.

    Responder
    • buenos días amiga Trina, mil disculpas, pero es un cálculo complejo de hacer y por las diferentes variables incluidas y las que faltarían para hacer un cálculo lo más exacto posible. Para los fines de este no están cubiertos, tendrías que solicitar una liquidación detallada y presentar más información.

      Responder
  57. Buenos Días..
    Se deben tomar en cuenta los 3 últimos meses para calcular las prestaciones sociales, si su única variación es horas extras trabajadas? y cuantos meses si tiene un salario fijo mensual?

    Gracias

    Responder
    • hola Alicia, no entiendo exactamente tu pregunta. Parece que vas por lo de salario variable, pero no la entiendo. Todos los meses se deben tomar en cuenta para calcular las prestaciones sociales.

      Responder
  58. Hola,i caso es el siguiente, tengo 1 año en una empresa privada estoy devengando un salario de 50$ semanal, noe han pagado vacaciones ni utilidades tampoco, quisiera tener un aproximado para tener una idea de cuanto es lo minimo que me corresponde,..xfavor
    Xq mis patrones son muy tacaños y no quiero que vean la cara,
    como decimos los vnzlanos

    Responder
    • Hola Henrri, primero debes indicar si te vas a retirar o a despedir para sacar la liquidación, ya que parece que quieres saber el monto de las vacaciones y utilidades que es lo que te corresponde si no te vas a retirar. Para eso es necesario saber los días de vacaciones y utilidades que paga la empresa.

      Responder
  59. Buenas Noches señor Franklin castillo , gusto en saludarlo! Quisiera que me diera una pequeña asesoría o información , trabaje en una institución gubernamental por 4 años y 9 meses , mi retiro fue voluntario , mi sueldo mensual eran 320bs , y me cancelaban las utilidades fraccionadas cada trimestre, Quedé con 3 vacaciones pendientes , En fideicomiso el capital capital neto de 608,18 bs ; ya que realizaba anticipos siendo un total de 1.824,56, Fecha de ingreso
    16/02/2019
    Fecha de renuncia : 28/11/2023; requiero un cálculo aproximado por favor

    Responder
    • Hola amiga Ana, que pena no poder ayudarle. En primer lugar al trabajar en una institución gubernamental lo cambia todo, ya que no se rige completamente por la LOTTT y es muy posible que haya un contrato colectivo que desconozco.

      Responder
  60. Buenos dias amigo saludos porfa me puedes decir el aproximado de mi liquidación, deseo retirarme. Mi sueldo actual es de 180$ mensuales incluyendo bonos tengo tres años en la empresa

    Responder
    • Hola Naibe. Ya con 3 años en la empresa es complicado dar un aproximado sin otros datos que solo el último salario, ya que no se tomaría en cuenta la garantía acumulada al no conoicer el historial de salarios.

      Responder
  61. Hola buen día, comencé a trabajar el 31-7-23 por razones que no se podía mantener más la compañía, cerraron la misma el 1-12-23 dia hasta el cual laboré. Cuanto me correspondería por liquidación y bajo que conceptos. Agradecida.

    Responder
  62. Hola buenas tardes tengo una duda para calcular las presentaciones sociales de un empleado, a este lo liquidan anualmente tiene desde el 2018 en una pequeña empresa de solo dos personas, como se calcula la antigüedad de este año

    Responder
    • Hola Juana, la ley no contempla la liquidación anual. Si un trabajador es liquidado, pero sigue laborando en la empresa, su continuidad laboral no se detiene. La garantía de prestaciones sociales (antes antiguedad) se debe calcular desde la fecha que empezó a trabajar la persona a liquidar.

      Responder
  63. Buenas noches, tengo 9 meses trabajando y mi sueldo semanal es de 25$ a tasa BCV y 1.000 de cestaticket mensual, me faltan pocos días para cumplir los 10 meses y ahorita en Diciembre tengo entendido pagan un anticipo de prestaciones, quisiera saber ¿Cual sería la cantidad que realmente deberían de pagarme?

    Responder
    • Hola José, en primer lugar no es que pagan anticipos de prestaciones, este es un derecho que tienen los trabajadores de solicitar hasta un 75% de sus prestaciones acumuladas si cumplen lo indicado en la ley. Lo que tiene la empresa como obligación es otorgar una bonificación de fin de año, como parte de las utilidades y cómo mínimo deben ser 30 días por año trabajado.

      Responder
  64. Buenas tardes me podrías orientar porque trabaje en una empresa por 4 años solo el año pasado ganaba 40$ dólares mensuales y este año 60 $ de los 4 años nunca me cancelaron cesta ticket, cuánto me saldría de arreglo y el pago de la cesta ticket porque los voy a reclamar ante la inspectoria de trabajo
    Gracias

    Responder
    • Hola Maía, buenas noches. Amiga eso es un cálculo complejo, con muchas variables y pocos datos. A menos que estés dispuesta a pagar por ello, nadie te lo va a realizar. Pregunta en la inspectoría a ver que tanto te ayudan.

      Responder
    • Hola María, en diciembre lo que tienes que darle por ley es la bonificación de fin de año, lo cual son 30 días de salario. Por su puesto si sale de vacaciones también tiene que pagarle.

      Responder
  65. Buenas tardes, no sé si el mensaje, se guardo en la web, no lo puedo ver, antemano gracias por la ayuda, y disculpa si esta repetido el mensaje, trabaje en una empresa de telecomunicaciones, 1 año y 2 meses desde el 09/09/22 al 14/11/23 aproximadamente, tuve un salario fijo todo ese tiempo de 140$ mensuales, en la empresa no se entregaba ningún beneficio de ley, ni siquiera el IVSS pagaban, trabajaba de lunes a sábado desde las 7AM hasta las 8PM e inclusive mas horas tarde, me retire voluntariamente el mes pasado y quedaron en cancelar mis prestaciones y nunca lo hicieron, porque según estaban esperando al contador que sacará cuanto me debían, mi pregunta sería cuánto aproximadamente me asignarían, y sí hay un tiempo limite, para ir a la inspectoría del trabajo, en caso de no querer cancelar mis prestaciones, saludos cordiales.

    Responder
    • Hola Gregorio, disculpas si no te había contestado, son muchos los comentarios y poco el tiempo disponible. Lo ideal es que acudas a la inspectoría lo antes posible, la empresa está obligada a pagar en los 5 primeros días. El aproximado de tu cálculo está complicado ya que hay muchas variables que no te pagaban y hay que reclamar, como horas extras, descasos trabajados, entre otros.

      Responder
  66. Buenas noches. Quisiera saber cuánto será mi liquidación si trabaje por casi 10 Años en una empresa y mi salario está en 70$ mensuales y unas vacaciones vencidas. Gracias

    Responder
    • Hola Yuri, el cálculo de una liquidación para un trabajador con 10 años de servicio es algo complejo de calcular, ya que hay que tener el historial de salarios para la garantía acumulada. Si esa información el cálculo estarí incompleto, ya que solo se le aplicaría el art. 142 literal c, es decir 30 días por años de servicio al último salario integral.

      Responder
  67. Buenas tardes.
    La dirección de la empresa esta decidiendo retirar sin causa justificada algunos trabajadores. También en ultima reunión muy subida de tono, manifestó que el que se quiera ir es libre de irse, que aquellos que lo deseen pueden informarle con dos semanas de anticipación garantizándoles el pago. Sin embargo hace dos meses dos trabajadores lo hicieron y a la fecha no les ha pagado. Pregunto, este procedimiento es legal?
    No quisiera retirarme ya que no tengo por mi edad garantía de un nuevo trabajo. como no existe acusa justificada y el esta presionando, he considerado llegar a un acuerdo contra pago psisofacto.
    Pregunto, cuanto me tocarian de prestaciones sociales por despido sin causa justificada, siendo mi salario actual de 80 dolares por semana mas un bono de ley de 40 dolares mensuales. Tengo un tiempo de cuatro años y 20 dias y tres años de vacaciones vencidas mas las utilidades de este año aun no canceladas.

    Responder
    • hola Enrique, hasta donde tengoentendido todavía tenemos inamovilidad laboral. Lo que tienes que hacer es ir a la inspectoría y colocar la denuncia. Con la información indica y para ese período trabajado no es posible realizar un cálculo.

      Responder
  68. Buenas noches quisiera saber sobre mi liquidación si mi sueldo mensual era 238$ mensual. Tiempo de duración 39 meses. Inicio agosto 20 y renuncie Noviembre 23. Me cancelaron todas la vacaciones y utilidades contando también las de este Año

    Responder
    • Hola Jesús, amigo disculpa una liquidación completa require más datos de los indicados, ya que para calcular la garantía acumulada se necesita saber todas las variaciones salariales de ese tiempo laborado.

      Responder
    • Hola Marga, Amiga disculpa una liquidación completa require más datos de los indicados, ya que para calcular la garantía acumulada se necesita saber todas las variaciones salariales de esos 8 años laborados. Si se cálcula solo al último salario, sería un cálculo incompleto.

      Responder
  69. hola el literal c del articulo 142 establece 30 dias por año o fraccion mayor a 6 meses, es decir, si tengo un año y mas de 6 meses me corresponden 60 dias pero si tengo un año y 5 meses me corresponden los 30 dias y q calculo debo realizar para saber cuanto corresponden por esos 5 meses restante que supongo no puede ser los 30 dias ya que no pasa la fraccion mayor a 6 meses, agradezco su asesoria

    Responder
  70. Buenos dias, espero se encuentre bien y pueda ayudarme. Tengo 3 años y 11 meses laborando en una empresa, ellos liquidan anualmente. Me gustaría saber cuánto seria mi liquidación para este último de diciembre si: gano 160$ mensuales, trabajo de lunes a sábado, incluyendo feriados y festivos y solo 8 dias de vacaciones.

    Responder
    • Hola Dayana buenos días. Amiga disculpa una liquidación completa require más datos de los indicados, ya que para calcular la garantía acumulada se necesita saber todas las variaciones salariales de esos casi 4 años laborados. Además, saber cuanto te daban en cada una de esas «liquidaciones anuales», registrar los feriados y descansos trabajados. Gracias por tu comentario.

      Responder
  71. Buenos tardes, espero se encuentre bien y pueda ayudarme. Podría sacarme una liquidación por 1 año, en base a un sueldo de 160$ mensuales? Mi jornada era de lunes a sábado, festivos y feriados laborados. Gracias

    Responder
  72. Hola, buenas tardes…
    Mi consulta seria la siguiente: Esos 15 días trimestrales a que meses corresponden? He visto que unos calculan por ejemplo en febrero, mayo, agosto, noviembre (como su ejemplo arriba), otros marzo, junio, septiembre, diciembre y así. Cuando dice la ley (si lo dice) que son los meses trimestrales para los calculos de esos 15 días? O depende del mes de ingreso del trabajador para comenzar hacer esos calculos?

    Responder
    • hola Arickson, son 15 días trimestrales dependiendo siempre de la fecha de ingreso. Si empezaste el 01-03-2023, tu trimestre es marzo-abril-mayo, o sea al 31-05-2023 te deben abonar a cuenta al último salario integral 15 días. Hay empresas que hacen el ajuste a trimestres calendarios, me explico: sin ingresaste el 01-03, al 31-03 te abonan 5 días y luego toman el trimestre abril-mayo junio, julio- agos- sep, oct-nov-dic.

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      • Buenos días, gracias por responder, me ayudó a comprender estos de corte de los trismestres… De aqui me surge una segunda pregunta con relacion a su respuesta: Quiere decir que si ingreso el 01-02-2023 se debe pagar o abonan 5 días el 28/02/2023 y el 31-03-2023 me abonan 5 dias mas y a partir de acá mi trimestre me toman abril-mayo-junio? Gracias de antemano por responder.

        Responder
  73. Buenas tardes. Cuánto sería mi liquidación después de 10 años trabajados. Con un salario mensual de 120$ sin ningún otro beneficio ni vacaciones disfrutadas ni pagadas. Retiro voluntario. Empezé el 28/10/2014 y culmine el 15/12/2023

    Responder
    • hola Zulay, es imposible sacra una liquidación de 10 años de servicio con la información indicada. Hay que procesar la información de esos 10 años para determinarla.

      Responder
  74. Hola buenas tardes,yo laboro en un consultorio médico desde hace 4 años como asistente ,me liquidan siempre a final de año y mi último salario desde el 2022 es de 200$ mensuales ,pedí de manera particular que me hicieron el cálculo y dió un aproximado de 1200$ incluyendo intereses sobre prestaciones sociales, mi jefe no está de acuerdo,dice que es menos ,me podrías guiar por favor, gracias

    Responder
  75. buenos días, actualmente laboro en el colegio de licenciados de uno de los estados de venezuela. inicie el 28-06-2022 mi sueldo lo percibo semanalmente en pesos 175.000 pesos no percibo cesta tiket realmente son solo 150.000 de sueldo y 25.000 de pasajes, y estoy en embarazo de 30 semanas.. la cuestión es que no ha ingresado dinero y nose como me puedan arreglar cual sería mi calculo por favor si me ayuda con ese tema

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    • hola María, ten en cuenta que no es un cálculo exacto ya que no contamos con todas las variables necesarias para realizarlo. Asumiendo un sueldo constante de 150.000 pesos, tu liquidación está sobre los 3 millones y medio de pesos.

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      • pero el calculo me lo van a querer hacer en bs. y lo comprendo solo que no sabria como calcularlo el año pasado cuando a penas contaba solo con 6 meses en el puesto. me cancelaron 110$ pero ese calculo lo sacaron a vuelo de pájaro y en el papel decia que me dieron 50$ de obsequio regalo.. entonces por mi liquidacion me dieron segun ese calculo sólo 60$. disculpe que insita pero mañana vendrian mis jefes hacernos el arreglo y quiero mas o menos estar clara.. a parte mi pago depende de la cobranza el dinero que pueda ingresar hoy y mañana y quiero mas o menos tener una idea o al menos si no me pagan completo saber que quedó pendiente… a parte cuanto es el tiempo que me correspondería una vez salga de reposo para el momento del parto por favor… el mismo está estimado para la 1era quincena de marzo 2024

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  76. pero el calculo me lo van a querer hacer en bs. y lo comprendo solo que no sabria como calcularlo el año pasado cuando a penas contaba solo con 6 meses en el puesto. me cancelaron 110$ pero ese calculo lo sacaron a vuelo de pájaro y en el papel decia que me dieron 50$ de obsequio regalo.. entonces por mi liquidacion me dieron segun ese calculo sólo 60$. disculpe que insita pero mañana vendrian mis jefes hacernos el arreglo y quiero mas o menos estar clara.. a parte mi pago depende de la cobranza el dinero que pueda ingresar hoy y mañana y quiero mas o menos tener una idea o al menos si no me pagan completo saber que quedó pendiente… a parte cuanto es el tiempo que me correspondería una vez salga de reposo para el momento del parto por favor… el mismo está estimado para la 1era quincena de marzo 2024

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    • Hola María, lamento tu situación y realmente disculpa, pero no entiendo que quieres. Primero me pides un aprox de tu liquidación, lo cual te lo indiqué. Ahora me dices que te lo van a pagar en Bs, en todo caso solo tienes que hacer la conversión ya que tu me indicaste salario en pesos. Por otro lado ahora quieres saber tu tiempo de reposo, si me pides liquidación no vas a tener reposo.

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  77. Hola buenas tardes, muy interesante su blog. Quisiera por favor me ayudara con el calculo de mi liquidación, entre a esa empresa en enero 2020 y estimo retirar en febrero 2024. Mi sueldo base son 60$ al mes pagados en bs + 500 usd mensual pagados como bono, en Diciembre 2023 nos dieron un anticipo de 25% de prestaciones, aproximadamente cada 6 meses lo pagan, las vacaciones las pagan todos los diciembres ya que son colectivas. De antemano, muchas gracias. Saludos Wendy

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    • hola Wendy, lo que solicitas es una liquidación completa, lo escapa del objetivo de este blog el cuál es ayudar en casos puntuales. Si quieres contratar el servicio detallado de la misma, por favor nos vuelves a contactar.

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  78. Buenas tardes, porfavor me podrias ayudar con el calculo de mi liquidacion para tener un estimado. Ingrese 06/01/2020. Fecha de Egreso 30/03/2024 (fecha de culminacion de contrato de la empresa). mi salario fueron 2020 160$, 2021 200$, 2022 300$, 2023 300$ y 2024 continua en 300$. he tomado todas las vacaciones a excepcion de esta ultima. de utilidades pagan 30 dias y aun nos adeudan las utilidades 2020.

    Agradecido de antemano por su ayuda

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  79. hola Sr Franklin me puede ayudar tengo trabajando en la empresa desde septiembre de 2022 y trabajo hasta el 15 de enero de 2024, tengo un salario mensual de 158 dólares mensuales; cuanto me correspondería por liquidación . Gracias

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  80. Hola buenas tardes, mi nombre es Yasmín, quisiera saber cuánto me tocaría de prestaciónes sociales, tengo 17 años en la empresa devengando un sueldo de 6,444 bs mensuales

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    • Hola Yasmin, disculpa pero si trabajas 17 años y quieres realizar un cálculo de prestaciones únicamente con el último salario, si se quiere hacer bien eso es imposible.

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  81. Buenos días amigo Franklin me hicieron firmar la renuncia tenía 3 años y mi salario es de 120$ al mes ,me gustaría saber cuánto más o menos me saldría mi liquidación, porfa saludos

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    • Amigo William dar un estimado para un cálculo con 3 años de servicio requiere de procesr toda la información correspondiente. Si quieres una mínima idea, multiplica tu salario por 90 días según el art. 142 c, pero no es nada preciso. La idea de este medio es ayudar a resolver casos puntuales de cálculo, no ha calcular prestaciones de varios años.

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  82. Hola buenos días mi nombre es Omaira llevo 19 años trabajando para una empresa nunca me han pagado arreglo mas de 10 años que no recibo vacaciones ni aguinaldos no sólo e echó mi trabajo de camareta también tenia otras responsabilidades que nunca me pagaron en el año 2010 yo le dije al jefe que me diera el arreglo de esos años en esa oportunidad tenia 6 años trabajando el adelanto que el me dio fue de 13000 mil bolívares luego de eso han pasado 13años le pedí en arreglo de lo que quedaba pendiente me dijo que los 19 años que tengo aquí eso valía el préstamo que me hizo eso es cierto por favor orienteme ya que quiero retirarme por maltrato vetbal

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    • hola Omaira, lamento no poder ayudarte, clacular una liquidación con 19 años de servicio require una gran cantidad de tiempo. Además, no creo que cuentes con toda la información necesaria para hacerlo. Por otro lado, te sugiero ir a la inspectoría y colocar el reclamos correspondiente.

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  83. Buenas tardes Franklin ,tengo una persona que le pago 6$ por día trabajado,pero casi siempre trabaja 4 días a la semana por qué no hay cliente y la venta es minima.¿Cuántos días debería cancelarle por el año ,gracias por su atención?

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    • hola William, primero habría que determinar bien ese «casi siempre», porque influye en el cálculo del salario real mensual. Para determinar su garantía lo correcto es saber exactamente cuanto ha recibido.

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  84. Hola es legal que una empresa indique a sus trabajadores que así tengan 20 años solo le pagarán cinco años porque los años anteriores están perdidos.

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    • hola Beatriz, creo que fuera de si es legal o no, lo que tiene que hacer la empresa es mostrate tu acumulado de garantía de prestaciones sociales para verificar lo que dicen. El detalle es que con las reconversiones el salario mínimo para el 2018 – 2019 vale prácticamente 0, pero todo depende del monto de tu salario.

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  85. Hola que tal, estoy trabajando en una empresa desde enero del 2017 hasta la actualidad, y el año antepasado me calcularon las prestaciones en base a 30 días por año tomando la referencia que para ese momento tenía 5 años y 11 meses y creo que eso es el literal c cuando se termina la relación de trabajo, ahora este año que paso me dicen que el cálculo es por los 60 días que acumulé este año, para poder darme el 75 % de anticipo. Mi pregunta es es eso correcto y de ser así, esos 60 días se suman al 25% que me quedaba, para volver a completar el 100% , para luego volver a sacar el 75% y dejar los otros 25 acumulados.
    Otra pregunta yo tengo derecho a 2 días de antiguedad por cada año, a partir del primer año, eso acumulado hasta un máximo de 30 días. El año antepasado me dieron 10 días por los 6 años, esta vez que tengo 7 años, me corresponde 12 días?, me gustaría saber si eso es así, o si no me corresponde porque el año antepasado me pagaron los 10 días. Ahí está mi duda, si eso es anual que se reconoce hasta acumular un máximo de 30 días, o solo lo dan cuando se termina la relación laboral o se hace un cálculo completo como fue mi caso el año antepasado. Se le agradece la información. Saludos

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    • Hola Rafael gracias por comentar, para la próxima lo haces por punto para no hacer la pregunta tan extensa y dificultar su respuesta. El cálculo correcto es obtener el acumulado de prestaciones sociales en base a 15 días trimestrales al último salario del trimestre, más los 2 días por año a partir del segundo año. Esto forma tu garantía de prestaciones. El cálculo que te hicieron fue basado en el art. 142 literal C (30 días por año) lo cual no es tu garantía acumulada y está mál calculado.
      Luego si te anticipan un 75% de tus prestaciones, el resto se mantiene acumulado para sumarse a los nuevos abonos en el acumulado. Los días adicionales son 2 a partir del 2do año, para el siguiente 2 y acumulas 4, luego 2 más y acumulas 6 y sigue la cuenta.

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  86. Buenas tardes, tengo 10 años trabajando en una empresa privada y me retiré tenía un bono semanal de 50 $ y el sueldo base es el mínimo según la factura de pago es decir 165bs mensual , cuánto sería mi liquidación?

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    • Hola Antonio gracias por su comentario. Debido al extenso período laborado y a la poca información disponible, no es posible estimar el cálculo solicitado. La función de este blog es ayudar en preguntas puntuales y en casos muy sencillos se puede dar un estimado, en tu caso es mucho el tiempo trabajado.

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  87. Hola. Una persona que tiene 30 años trabajando para una empresa, se le liquidó anualmente hasta el año 2023. La persona renunció en enero 2024. Que debo tomar en cuenta para su liquidación, sabiendo que todos los años se le realizaba el pago de sus prestaciones anuales con base al sueldo que tuviera ese año, tomando en cuenta los dias adicionales que tiene por Ley y sus demas beneficios como vacaciones, bono vacacional y utilidades??? Tengo en cuenta lo de la modificación de Ley del año 97.

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    • Hola Melissa. Al año 97 se debió liquidar a todos los trabajadores, por lo cual la liquidación se empieza a partir de ese año. Por otro lado, la ley no contempla liquidaciones anuales, lo que contempla es un anticipo de prestaciones sociales hasta un máximo del 75% del acumulado a solicitud del trabajador. La liquidación debe hacerce por el período completo trabajador y a mi entender hacer los descuentos por anticipos solo por hasta el 75% de lo acumulado ya que el 100% no está conteplado en la ley.

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  88. Hola Franklin buenas noches, tengo una duda y me gustaría me la despejes, cuando el patrono no paga la Liquidación de prestaciones sociales dentro de los cinco días según el articulo 142, literal f, «……..de no cumplirse el pago generará intereses de mora a la tasa activa determinada por el BCV….», estos intereses se aplican al monto total de la Liquidación de Prestaciones Sociales? es decir, los intereses se dividen entre 12 y luego entre 30 para sacar el monto diario y luego se multiplica el monto de las asignaciones por este factor? lo he hecho de esta manera pero me arroja un exabrupto. Disculpa mi desorientación en el asunto.

    Gracias de antemano.

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    • Hola Maribel, la tasa de interés la aplicas al monto de las prestaciones. Este sería el monto anual, ahora lo divides entre 360 y obtienes el monto diario, luego este monto lo multiplicas por los días de mora.

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  89. Buenas tardes Dr. Franklin actualmente laboro en traki. Tengo 13 años de servicio, mi sueldo es de Bs. 1800 mensuales por renunciar ahorita cuanto me darán? Muchas gracias, bono Lott 26 días. Gracias

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    • Hola José gracias por su comentario. Debido al extenso período laborado y a la poca información disponible, no es posible estimar el cálculo solicitado.

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  90. Mensaje
    Hola, buen día. Saludos!.
    Inicié el 11 de noviembre 2023
    Me llamaron el día miércoles 07/02/24
    Para decir que posiblemente cerrarán el lugar.
    (Los pagos son realizados semanalmente 30$ todos los viernes).
    El día viernes 09/02/24, realizaron un pago de 4.28$ que, según corrigieron cancelando 17$ más alegando que hasta el día miércoles 07/02/24 se cerraron los pagos, para un total de 21.28$, a la cual pregunté: se seguirá trabajando? Y ella me respondió: estamos ajustando algunos inconvenientes. Luego pasado un rato me envía un texto diciendo que ya no se trabajará más. Exigí mi liquidación por «cierre de local imprevisto» despido. Quisiera saber cuánto me correspondería de liquidación.
    Para que entienda un poco la forma de trabajo le explico, cuando se nos contrató se nos dijo que los pagos serían semanalmente 30$ para un total de 120$ mensual, nosotros trabajábamos realizando pasapalos para eventos, pedidos, se pagarían 30$ semanal salga pedidos o no, fue lo que ella nos dijo al inicio y hasta cierto punto lo cumplió, también se destacó que no se tenía día libre fijo ya que por la forma de trabajar existirían días dónde no necesitaríamos ir, sin embargo asistíamos casi todos los días de la semana, muchas veces nos tocaba quedarnos en el lugar o cerca del lugar para madrugar, 4 am , 5 AM para comenzar a freír. También se había aclarado en la entrevista que los pedidos se realizarían anticipadamente, con un día como mínimo de anticipo , sin embargo si estábamos en el local y salía un pedido de horita para horita se debía sacar ese pedido como fuera posible. Nunca nos pagaron bonos ni nada parecido.
    Para la semana del 05/02/24 entre a emergencias por tendinitis bastolateral causado por el trabajo, metí mi reposo que solo eran por 3 días, creo que eso no se tomó en cuenta.

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    • Hola Dalysmar, así como de extenso es tu comentario, también de extenso es el análisis y cálculo de lo que planteas. El propósito de este blog no es hacer cálculos de prestaciones, a menos que quieras contratar el servicio, el propósito es aclarar dudas puntuales sobre algo que no entiendas al hacer un cálculo.

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  91. Hola Sr Franklin, en mi caso fui despedido injustificadamente, Trabaje 2 años y 5 meses cobrando un sueldo de 80$ mensuales, nunca pedí un adelanto de prestaciones, y actualmente han transcurrido 36 días hasta la fecha de hoy Viernes 16 de febrero 2024 desde que me despidieron el 11 de enero del 2024 sin percibir aún nada de pago, por favor podría ayudarme a calcular mi caso, muchas gracias de antenamo

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    • Hola Alejandro, gracias por comentar. Como he respondido en otros casos, las prestaciones sociales es un cálculo complejo que require mucha información para que sea realizado lo más exacto posible. Hacer un cálculo sólo con el último salario no es lo correcto, por tanto no puedo ayudarte mucho. Si tienes tanto tiempo si recibir tu pago, acude a la inspectoría.

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  92. Buenos tardes, gracias por responder, me ayudó a comprender estos de corte de los trismestres… De aqui me surge una segunda pregunta con relacion a su respuesta: Quiere decir que si ingreso el 01-02-2023 se debe pagar o abonan 5 días el 28/02/2023 y el 31-03-2023 me abonan 5 dias mas y a partir de acá mi trimestre me toman abril-mayo-junio? Gracias de antemano por responder.

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    • Hola Arickson, si en efecto es una forma válida de trabajar, algunas empresas lo hacen de esa manera para unificar los abonos trismestrales de garantía.

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  93. Buenos días, si un trabajador falta dos días (ó tal vez 3 o 4 días) de su jornada quincenal de trabajo, pierde algún día o días de sus descansos a efectos de salario, porque según el Art. 119 de la LOTTT: «El trabajador o trabajadora no perderá ese derecho si durante la jornada semanal de trabajo en la entidad de trabajo faltare un día de su trabajo.» Ahí indica a mi parecer, en forma clara que no se pierde aunque faltare ya sea una vez o dos o mas, pero he notado muchas empresas te quitan un descanso por cada dos faltas (en cuanto a salario y aparte del día no trabajado), es esto ultimo legal? Como indica la ley segun lo que interpreto no deberia quitarse descanso alguno bajo ninguna circunstancia o inasistencia. Gracias de antemano por su ayuda, sus respuestas dadas a mi persona y a otros internautas me han ayudado mucho para reclamar mis derechos laborales.

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    • hola Arkinson, el detalle es que estás entendiendo mal. «El trabajador o trabajadora no perderá ese derecho si durante la jornada semanal de trabajo en la entidad de trabajo faltare un día de su trabajo», si falta un día no se le descuenta, lo contario si falta más de un día pierde los descansos trabajados. Bajo tu criterio, alguién que en la semana falte los 5 días, hay que pagarle sus días de descanso y eso no tiene sentido.

      Es legal que si falta 2 o más días en la semana se le descuente el descanso.

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  94. Saludos mi pago actual es de $700 con pagos de bono vacacional de un mes de sueldo y he laborado 5 años. El aproximado de mi liquidación cuánto sería gracias?

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    • Hola Carlos, la liquidación de un trabajador no se calcula solo con el último salario, esto es solo una parte del cálculo según el artículo 142 literal c. Adicionalmente, este espacio es para aclarar dudas puntuales, no para realizar cálculos completos y menos con tan poca información y un período no tan corto.
      Si gustas puedes solicitar el servicio de cálculo y te indicaremos que información necesitamos y el costo del mismo.

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  95. Buen dia! Una trabajador residencial que trabaje medio dia de trabajo por 3 diàs a la semana (12 al es) tiene que liquidarse con montos completos?

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    • Hola José, aquí la clave es sacar cuál es el salario mensual del trabajador. Lo que tienes que calcular su salario semanal, si por ejemplo le pagas 30$ en la semana por esos 3 días ya tienes su salario semanal. Luego este salario semanal lo divides entre 7 días para calcular su salario diario, esto lo multiplicas por 30 y tienes el salario mensual. Con este salario calculas su liquidación.

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  96. Buenos días! Trabajé en una empresa por un lapso de 2 años, 2 meses y 19 días, devengado 760Bs principio, 4260 Bs y un salario final de 8260Bs mas cesta ticket. Con un periodo vacacional vencido de 60 dias. Cuál de sería la formula para calcular el monto de mi liquidación!

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  97. Buenos dias
    la informacion publicada me parece excelente gracia sin embargo pregunta si la persona renuncia a los 6 meses le coresponde los 15duas por cada trinestres mas la fraccion ‘?

    otra pregunta sueldo intrgral comple bono de alimentacion, de transporte, primas por profecionalismo bino de puntualidad etc?

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    • hola buenos días. Para la primera pregunta que aconsejo leer el artículo 142 de la LOTTT para que te ilustres mejor. Para aplicar el 142 literal «C» deben ser más de 6 meses. Para el abono trimestral, se abona al final de cada trimestre.
      Para la segunda pregunta el bono de alimentación no forma parte del salario integral, todo lo demás si.

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  98. Entiendo, pero el periodo vacacional vencido formaría parte de la liquidación?
    Y tendría que ser cancelado exactamente igual ?
    Muchas gracias por su respuesta!

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  99. Al monto resultante de multiplicar 30 días por los años de servicio (literal c), se le debe calcular los intereses sobre prestaciones sociales… o solo aplica en caso de abonos trimestrales ?

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    • hola José, las prestaciones sociales de un trabajador se calculan aplicando todo un proceso, el cálculo solo con el último salario y período trabajado no refleja con exactitud el resultado final. Si dispone de toda la información de salarios, demás condiciones de trabajo y quiere contratar el servicio con gusto le atendemos.

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  100. Hola. Saludos. A un trabajador residencial, le pagan 150$ mensuales, pero le hacen firmar un recibo dónde se reflejan 130 bs. En dic le dan 80$ de aguinaldos y en enero le dan 80$ y le hacen firmar un recibo de liquidación anual dónde se reflejan cálculos en base a 130bs y lo sacan de vacaciones, cuando lo despiden le dicen que no le deben nada porque ya lo liquidaron, no obstante le exigen que desaloje el inmueble de inmediato sin pagarle nada. Le corresponde o no liquidación? En base al salario de 150$ que es lo realmente cobrado o los 130bs que refleja el recibo?

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  101. HOLA ,BUEN DÍA.
    PARA UNA ACTIVIDAD ACADÉMICA NECESITO LO SIGUIENTE POR FAVOR. SI UNA PERSONA TRABAJA A UNA DETERMINADA EMPRESA 1 AÑO, 2 MESES Y 21 DÍAS CUAL SERIA SU ANTIGÜEDAD?
    2 AÑOS, 2 MESES Y 21 DÍAS?
    O EL AÑO LOS 2 MESES Y 21 DÍAS?

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  102. Feliz día para un salario de 12.000 mensual integral cual seria el calculo por despido? no entiendo son dos pagos diferentes? es decir determino mi salario diario integral, luego ello lo multiplico x 60 días a razón de 15 días por trimestre (eso es un pago) y el otro son 30 días de salario integral x 30 días cada año (5 años) y ello seria el calculo final? a su vez la indemnización por despido injustificado seria con base en que salario? Muchísimas gracias

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    • hola amigo Emilio. Eso no funciona de esa manera, la garantía de prestaciones sociales se construye cada trimestre. Me explico, si usted empezó a trabajar un 01 de enero, al finalizar el trimestre el último de marzo se cálculan sus 15 días de ese trimestre con ese salario integral. Para el próximo trimestre, del 01-04 al 31-07, se le calcula otros 15 días del trimestre con el salario correspondiente a ese trimestre y así sucesivamente.
      No es que se tomen al final con el último salario, si no con el salario correspondiente a cada trimestre. Toda esa sumatoria luego se compra con los 30 días por año al último salario integral, el que resulte mayor es el valos a cobrar. No son dos pagos.

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  103. Buenas tardes, si el cálculo que mas beneficia al trabajador es del literal C, debo tambien pagar intereses sobre prestaciones ? Como se calcularian estos intereses ?

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    • Hola buenos días Lola, si claro ya que se compara la garantía de prestaciones sociales «sin intereses» con el reslutado de 30 días por año, se toma el mayor y luego se suman los intereses, vacaciones y utilidades fraccionadas, entre otros conceptos.

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  104. Buenas noches yo trabaje como empleada Domestica desde el 29/11/22 al 31/07/2024, con un salario mensual de $130 , en Diciembre del 2023 recibi mi utilidades de 1 mes de salario($130), mi pregunta cuando me corresponde de Prestaciones Sociales, Vacaciones y utilidades 2024?

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  105. Hola cordial saludo, una consulta para saber un calculo aproximado de prestaciones fecha de ingreso 03-01-11 hasta 31-12-24 ganando salario mínimo 130bs mensual que es lo que reflejaba el recibo de pago, pero tenia un bono de 160$ mensuales que no salen reflejado en el recibo de pago, 1este bono también se incluye en el calculo ?

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  106. Hola, tengo una duda de un trabajador que murió por causas de enfermedad natural, ahora bien cuanto debo pagarle de prestaciones, tengo entendido es según el Art. 142 sencillo no doble verdad, a sus familiares

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